25 may 2018

La lucha por el término de Puerto Serrano


Puerto Serrano, era una Aldea de Morón de la Frontera, hasta que en el año 1.806 obtuvo su autonomía y fue declarada Villa, señalándosele un término municipal pedáneo de 3.234,50 fanegas de tierra. Como Morón seguía nombrando Alcalde pedáneo, Fiel de hechos y Diputados de Justicia, existía bastante amistad, que duró hasta que en el año 1.820 Puerto Serrano comienza a pedir su autonomía total, con lo que comienzan los problemas con Morón.
El 1 de Febrero de 1.821 siendo Alcalde Don Juan Romero, basándose en la Constitución Española, artículo 310 del Capítulo I, título 6º, el Ayuntamiento pide la total independencia y comienza a trabajar totalmente autónomo, no reconociéndosele la emancipación hasta el año 1.835.
Independiente pero pobre era este Ayuntamiento. Hubo de cobrar para subsistir las rentas de las tierras repartidas en suertes y que eran de Morón y designadas a Puerto Serrano.
No tiene más remedio para poder seguir subsistiendo, que solicitar la ampliación del término que se había quedado pequeño, solo así podrían prosperar los vecinos y disfrutar “de la completa felicidad que ofrece nuestra sabia Constitución … “, ya que la población había crecido en un setenta por ciento, comenzando con ello el gran litigio.
La demarcación del término primera se hizo durante el Trienio Liberal (1820-1823), pero quedó sin efecto al entrar de nuevo el Absolutismo.
El 17 de Abril de 1.837 el Ayuntamiento pidió a la Diputación Provincial de Sevilla que ordenara a Morón, El Coronil y Montellano, que no repartieran entre sus vecinos los terrenos asignados a Puerto Serrano en el primer deslinde que realizó la Comisión nombrada por la Diputación Provincial de Sevilla el 1822 y que no fue definitivo por las circunstancias políticas de mil ochocientos veinte y tres al extraviarse los papeles. No hacen caso y el tema se lleva a Madrid en 1842.
Al estar Puerto Serrano en la provincia de Cádiz, el término que le dieron era solo el terreno que de Morón estaba en la provincia de Cádiz, por lo que para obtener el término completo había que alterar también el límite interprovincial también lo que fue muy complicado, pero nuestra primera batalla la ganamos, pues el 30 de Septiembre de 1845 salió una Real Orden de Isabel II, que obligaba a “que del territorio procomunal de dicha Villa de Morón, se designe a su antigua aldea Puerto Serrano, la parte que le corresponda en justa proporción a su vecindario y localidad, según se hizo con el Pueblo de Montellano al erigirse en villa independiente de la misma matriz en 1788”.
En diciembre de 1845, el Gobierno Superior Político comisionó a Basilio Peñalver, vicepresidente del Consejo de Administración de la provincia para la asignación del término, pero no miró mucho por los intereses policheros, quedando paralizado en mayo de 1847, lo que trajo consigo una queja del Ayuntamiento de Puerto Serrano al Gobierno Superior Político y pidiendo que se volviesen a activar las operaciones de demarcación y deslinde. En febrero de 1848, comisionan al diputado provincial D. Antonio Topete Peñalver para la demarcación. El 19 de agosto de 1848 se reunieron en Montellano, Topete, un delegado del Gobernador de Sevilla y los representantes de los Ayuntamientos de Puerto Serrano y Morón, para ver como había de procederse para la demarcación territorial. Los de Morón se negaban a que pasásemos del Guadalete, lo que hacía muy complicada la negociación. Morón siempre proponía no alterar el límite interprovincial, con lo que conseguían minimizar la segregación de los términos en su favor. Por supuesto Puerto Serrano no estaba de acuerdo, porque lo que se le ofrecían eran unas tres mil fanegas, cuando le correspondían algo más de dieciséis mil por el vecindario que tenía, lo que hizo que se quedara paralizado a expensas de una consulta enviada a Madrid.
Fue nombrado Comisario Regio Don José María Jeofrin, al objeto de que se designase el término propio de Puerto Serrano, tomándolo de su antigua matriz, y sirviéndole para la operación el vecindario de cada pueblo, su situación topográfica, la extensión y calidad del terreno divisible y otras circunstancias que deban tenerse en cuenta, siendo a cargo de ambos pueblos el pago de las dietas. (El Comisario cobraba 60 reales diarios). Real Orden de 27 de Julio de 1.849.
Este Comisario se vio obligado a dimitir muy pronto por las fuertes presiones que ejercía Morón, entorpeciendo también su trabajo. En su dimisión dijo que lo hacía por motivos de salud.
Fue sustituido por Don Francisco Aumente, quien el 23 de febrero de 1850 visita Puerto Serrano, permaneciendo seis días escuchando a los vecinos y mandatarios. Puerto Serrano decía que no había documentos donde se probara que Morón cediera tierras. Morón cobraba las contribuciones del término de Puerto Serrano. Carecía de propios y lo que necesitaba el Ayuntamiento lo sacaba con repartos vecinales, hasta que en 1.848 se arregló el Presupuesto cobrando contribuciones directas y arbitrios sobre los consumos.
Morón decía que en 1.814 se repartió a los Policheros 840 fanegas de tierra y el Ayuntamiento decía que no, pues muchas caían al otro lado del río y eran improductivas.
El Comisario Aumente, dictó informe en el que decía que le correspondía a Puerto Serrano, 13.719 fanegas de tierra que habían de cogerse del término de Morón.
El 10 de Abril de 1.850 Puerto Serrano contaba con 1.674 vecinos según el Padrón Municipal de Habitantes, con una media de 4 hijos por matrimonio.
El 7 de Mayo de 1.850 en presencia de multitud de personas, se amojonó el término nuevo, comenzando en cuatro mojones con una Comisión compuesta por los Alcaldes de Puerto Serrano Don Fernando Ramos, Morón Don Antonio Auñón y Algodonales.
Por Real Orden del 24 de Septiembre de 1.850, se aprobó el término municipal de Puerto Serrano con parte del de Morón, declarando de uso común para ambas poblaciones los pagos de Molino y Lazareto, sin perjuicio de que la jurisdicción correspondiera exclusivamente a Puerto Serrano, no pudiendo impedir a los de Morón hacer sus harinas en los molinos, ni destinar su ganado enfermo al citado Lazareto, con cuyas condiciones se salvaban completamente los inconvenientes y perjuicios que presentó el Ayuntamiento de Morón, en contra de la demarcación del término dada a Puerto Serrano y de que se procediese a la división y distribución de los bienes propios comunales, pero éste vuelve a presentar una reclamación diciendo que se había hecho sin contar con ellos ni con Sevilla y con Real Orden de Febrero de 1851, todo se quedó parado y no se pudo tampoco esta vez tomar posesión del término completo, con lo que volvimos a la lucha.
Puerto Serrano, nombra un gestor para reactivar el asunto en Madrid y en en 1.873 vuelve a la lucha. Se pide que se ponga en ejecución la Real Orden de 1.850.
El 21 de Abril de 1.887 otorgaron poderes especiales a Don Ramón Salgado de Quero y Don Nicolas García Noriega para “que gestionen cuanto sea conveniente para obtener el término que se le otorgó por Real Orden del 24 de Septiembre de 1.850”. El Real Decreto de 30 de Noviembre de 1.883, que fijaba la actual división administrativa provincial, dividía España en 49 provincias y decía que la de Cádiz con Sevilla, se partía con el río Guadalete, por lo que esta porción no debió mantenerla Sevilla.
El 3 de Abril de 1893 el Tribunal Contencioso Administrativo de Madrid, dictó sentencia declarando sin curso la demanda de Morón para no dar término conforme otorgaba la Real Orden de 14 de Mayo de 1888, que ordenó que se reunieran en la finca Tejeda representantes de ambos pueblos para la entrega del término, siendo amonestado y multado por el Gobierno por obstaculizar las Ordenes, considerando firme y ejecutoria la Real Orden de 24 de Septiembre de 1.890 (R.Orden de 29-06-1893). Después de muchos recursos e incidentes de Morón, se dio posesión del término a Puerto Serrano. Esta sentencia se celebró en Puerto Serrano, como un gran triunfo. La noticia llegó el 14 de Agosto de 1.894, víspera de la Feria del Ganado. Se reunieron todos en la plaza, siendo Alcalde Don Ramón de Troya y Secretario Don Pedro Aguilar.
Pero Morón volvió a la carga. Presentó en el Juzgado de Primera Instancia de Morón pleito civil ordinario. Ello dio lugar a una competencia entablada por el Gobierno Civil de Cádiz que se resolvió a favor de la Administración por Real Decreto de 8 de febrero de 1.897 (Gaceta del 12-02-1897), estimando que la administración era competente para determinar si parte del término de un Ayuntamiento podía pasar a otro, ordenando que se cumpliera de inmediato la Real Orden de 1.850 sin admitir excusa, pretexto ni declaración alguna, por tratarse de gestión completamente terminada.
El Ministro de la Gobernación había paralizado todo lo que se refería al nuevo término de Puerto Serrano porque la Diputación de Sevilla apoyaba a Morón con todas sus fuerzas y tenía mucha mano en el ministerio. Estábamos en desventaja con Morón, y además en aquellas fechas nombraron al moronense D. Ramón Auñón y Villalón Ministro de Marina. Pero con la derrota de nuestra escuadra en Cuba y Filipinas en la guerra contra Estados Unidos, los Liberales salieron del Gobierno, entrando los Conservadores bajo la presidencia de D. Francisco Silvela, que sí estaba por la solución definitiva del asunto.
En Julio de 1899 por el Jefe local de los conservadores se informó que tenían el deseo de conseguir una solución satisfactoria. El 6 de Agosto de 1.900 se dictó otra Real Orden reconociendo el perfecto derecho de la corporación a cobrar el repartimiento de arbitrios extraordinarios en las fincas enclavadas en el nuevo término. (Boletín Oficial de la provincia número 233).
Fue un triunfo notable, comparable al que mantuvo Villamartin con Sevilla, dado que el oponente, Morón, tenía bastante categoría. Una comisión formada por el Alcalde Don Ramón de Troya y el Secretario Don Pedro Aguilar se trasladan a Jerez y a Cádiz, para agradecer lo que habían hecho en favor del pueblo a Don Bartolomé Bohorquez, al que nombraron hijo adoptivo y pusieron su nombre a una calle, a Don Rafael de la Viesca al que también ponen su nombre a otra calle y al Gobernador Civil Don Manuel Cano y Cueto, “por su feliz intervención en este asunto que era de vida o muerte para el Pueblo”. El día 14 de Agosto, víspera de la feria, se celebra sesión pública extraordinaria. Don Ramón de Troya, Alcalde, toma la palabra y dice “Puerto Serrano, en constante y tenaz oposición no cedió en sus derechos, el pleito ha terminado de forma categórica”. El público prorrumpe en vítores y aclamaciones, y éste contesta “No se debe a mí, sino a los Diputados Conservadores de la Provincia, sobre los que he influido”.
Pero, desgraciadamente el tema no había de quedar así, Morón y Sevilla, muy disgustados, estudian todas las formas para evitar entregar el término, pues también la provincia de Sevilla, perdía terrenos, y lo consiguen. Interponen otro recurso ante el Tribunal Contencioso y un auto de 1.901, decreta la suspensión de la Real Orden. La Diputación de Sevilla en 1.904 también interpone un pleito contra la Administración del Estado.
El 30 de Septiembre de 1.931, ya en la II República, el Ayuntamiento envía una solicitud al Presidente del Gobierno pidiendo el “territorio usurpado”, y que decía: “ uno de los pueblos que más había sentido el yugo indómito impuesto por quienes en el desgobierno del pueblo ejercían las funciones de mando, sin otras miras que las de servir intereses mezquinos, olvidándose de aquellos principios de justicia que los propios cargos les imponían, había sido el olvidado y desgraciado pueblo de Puerto Serrano, pero que llegado el Gobierno a manos de hombres saturados de amor a la justicia así como vehementísimos partidarios de la entronización en nuestra Patria del imperio de la soberanía del Derecho, acudían a la superior autoridad antedicha para exponerle sus legítimas aspiraciones, que no eran otras que las derivadas de un perfecto derecho de leyes emanadas del propio Gobierno de la mal recordada Monarquía y que perniciosas influencias no permitieron que se pusieran en ejecución, triunfando como siempre la infamia, la intriga y las combinaciones de aquella Corte de envenenadores de la conciencia... “
En 1932 acogiéndose al Estatuto Municipal, todos los agricultores propietarios de terrenos comprendidos entre el Río Guadalete hasta el pueblo, principalmente la zona de Riqué y adyacentes, presentan un escrito al Ayuntamiento de Puerto Serrano, alegando que todos los propietarios eran naturales y residían en Puerto Serrano, y para que los obreros policheros pudieran trabajar allí, cosa que prohibía la Ley de Términos Municipales, se solicitaba que esta porción de tierra pasara al Término de Puerto Serrano. La ampliación del término era muy necesaria en esos momentos pues esta Ley ponía muchos impedimentos para poder trabajar los obreros fuera de nuestro término.
Tomando esta solicitud que presentaron los Agricultores, el Alcalde Don Miguel Rodriguez Rivera, incoa un expediente acogiéndose al artículo 19 del Estatuto Municipal que decía que “para alterar términos por agregación parcial, será necesario que lo pidan la mayoría de los vecinos por la porción que se intenta transferir”, cosa que aquí se daba.
Nos apoyaron en las Cortes el diputado radical D. Manuel Moreno Mendoza y el de los socialistas D. Antonio Roma Rubíes. El 6 de abril de 1932 en la sesión parlamentaria D. Manuel Moreno Mendoza, dijo “Puerto Serrano era y es un pueblo de trabajadores y Morón una ciudad importante que tenía personas influyentes, pasó lo que hasta ahora ha venido ocurriendo en nuestra Patria: que no ha tenido nunca razón el pobre ante el poderoso, …. que no se entregó el término a Puerto Serrano y que los vecinos de este pueblo continúan viviendo en la miseria”.
“Triste ha sido la situación de Puerto Serrano durante este siglo largo que lleva sintiendo la necesidad de su término; pero ahora lo es en mayor grado. La disposición que ordena que cada pueblo mantenga a sus obreros hace que los de Puerto Serrano, estén encerrados en el grupo de casas en que viven, porque, en el momento en que salen, los vecinos de Morón y los términos colindantes les impiden trabajar. Se trata Sr. Ministro y Sres. Diputados, de un pueblo que parece que ha abrigado el propósito de demostrar que es el más sufrido, teniendo, como en realidad tiene, más motivos que otros para pedir y reclamar. Puerto Serrano es un pueblo de obreros republicanos y socialistas y, a pesar de las agitaciones que constantemente se producen en aquella provincia por los trabajadores hambrientos a causa de la aguda crisis que están padeciendo, no se ha levantado jamás en queja y Puerto Serrano sigue sufriendo las consecuencias de la miseria a que su situación le condena y no hace más que elevar ruegos a las autoridades de todo orden. Y yo, para que se remedie este lamentable estado de cosas, ruego, en nombre de ese pueblo, al Sr. Ministro de la Gobernación que tome con interés este asunto y haga cuanto pueda para que, lo antes posible, pueda aquel Ayuntamiento disponer del término que le corresponde, recobrar el derecho que le pertenece y tener los medios que poseen los demás municipios para poder auxiliar a los obreros desgraciados que constituyen su vecindario”. (semanario Libertad de Cádiz, nº 56 de 16-04-1932)
El Ministro respondió que estudiaría las posibles soluciones.
El 1 de febrero de 1.933, el Ayuntamiento a través de su Alcalde D. Miguel Rodriguez Rivera y el Secretario D. Manuel Sanchez Toscano, presentan personalmente en Madrid en el Ministerio de la Gobernación expediente de segregación de terrenos pertenecientes a los municipios de El Coronil y Morón que reclamaba. Se entrevistó con el Sr. Ministro y el Presidente de la República Don Alejandro Lerroux. Fueron acompañados por el gaditano diputado en las Cortes D. Manuel Muñoz Martinez (PRRS).
Todo estaba en marcha. El Alcalde puso en movimiento muchas buenas amistades que tenía en política para conseguir el objetivo. Constan cartas de muchas personalidades sobre el tema en el Ayuntamiento. Una de ellas, del Diputado a Cortes por Cuenca, en la que le decía que el tema estaba en marcha, pero el enemigo a derrotar era muy fuerte, Morón, pero que era justo que de una vez por todas se haga justicia de algo que debía haber terminado cuando se publicó le Ley en 1.850.
Todo estaba sobre la mesa pero estalló la Guerra Civil y no pudieron darle solución al término.
 El 22 de Agosto de 1940, el Alcalde Don Francisco Román y el Secretario Don Andrés Bermudez, escriben al Jefe del Estado, el General Don Francisco Franco, explicándoles toda la historia de este pleito, y de la situación económica tan asfixiante a la que nos había llevado el entretener tantísimos años la entrega de la parte del término que todos los tribunales en los que había reclamado Morón nos habían dado la razón. Parece que la carta fue escuchada por el Jefe del Estado.
Esta carta como documento histórico que es, la voy a transcribir palabra por palabra:
“Como puede observarse en la hoja de antecedentes, la riqueza de este municipio es extraordinariamente insuficiente para sufragar las cargas que antes y aho ra se exigen a un Ayuntamiento.
La elaboración de los presupuestos ordinarios, se hace siempre con las mayores restricciones en su parte de gastos, pero siempre rebasa la potencialidad económica en más del cuarenta por ciento, como puede verse por las cantidades pagadas y las adeudadas al finalizar el ejercicio.
Los repartimientos, cuya totalidad representa la parte inicial, de un rendimiento inferior al 50% de lo repartido, en el supuesto reparto que se consigna y cada día aumenta la cantidad a repartir debido a la disminución de los ingresos por arbítrios, teniendo en cuenta que el artículo 294 del Estatuto Municipal previene: que los ingresos que en año o años anteriores haya dotado un presupuesto, deberán evaluarse en el proyecto de nuevo presupuesto en una cantidad no superior a su rendimiento, salvo variación de tarifas o causas que justifiquen la previsión de un mayor rendimiento.
El artículo 109 de la vigente ley municipal dice: En ningún caso se podrán establecer nuevos servicios que representen cargas económicas para los municipios si no es por medio de una Ley, en la cual se preveera los recursos económicos correspondientes. No obstante, viene sucediendo que, sin prever recursos, se asignan cada día mayores obligaciones, que por lo que a este pueblo respecta, es dejar incumplido lo que se ordene con desprestigio de los que regentan esta municipalidad, interpretándolo como negligencia, abandono o mala fe en el cumplimiento de su cometido.
Este estado de cosas, dará lugar algún día a acordar el régimen de tutela con arreglo al artículo 235 de la Ley Municipal y como consecuencia obligada resultara lo prevenido en el artículo 241: acordar la supresión del municipio y su incorporación a otro limítrofe.
En resumen: El estado económico de este municipio es verdaderamente lamentable. Actualmente tiene embargado el 36% de sus ingresos por la mancomunidad sanitaria provincial a la que se deben en este momento 9.076,17 pesetas tiene embargado por la Tesorería de Hacienda un 15% para amortización de capital e intereses de un préstamo para obras, obtenido del Instituto Nacional de Previsión, al que se deben 77.967,21 pesetas y, tiene embargado otro 15% por la Tesorería, por débitos a la Hacienda Pública a partir del año 1.927 por importe de 53.923,64 pesetas. Actualmente debe este Ayuntamiento la cantidad expresada por el préstamo y por resultas de 152.846,67 pesetas.
Descrita la enfermedad se propone el remedio curativo:
Antecedentes: Este pueblo era una Aldea de Morón. El año 1.806 se independizó declarándose villa. A instancia de esta, se dictó Real Orden el 30 de Septiembre de 1.845, por la que se dispuso que del territorio procomunal de la Villa de Morón, se designase a su antigua aldea de Puerto Serrano, la parte que le correspondiera en proporción a su vecindario. Con oposición insistente del pueblo de Morón, se practicaron por un comisario regio las operaciones de división de términos y trabajos de demarcación que fueron aprobados por Real Orden de 24 de Septiembre de 1.850, mandando con arreglo a dicha demarcación se amojonase y deslindase el término jurisdiccional y municipal del pueblo de Puerto Serrano.
Desde aquella fecha, el Ayuntamiento de Morón y la Diputación Provincial de Sevilla, han venido resistiéndose por todos los medios a dar cumplimiento a lo ordenado y después de multitud de incidentes y trámites que sería prolijo referir, con fecha 6 de Agosto de 1.900 se dictó Real Orden, cuya parte dispositiva dice: Que procede ordenar a los Gobernadores Civiles de Sevilla y Cádiz el inmediato y exacto cumplimiento de las Reales Ordenes de 24 de Septiembre de 1.850 y 14 de Mayo de 1.888, sin admitir recursos ni reclamación alguna en contrario a la Diputación Provincial de Sevilla ni al Ayuntamiento de Morón, al que puede amonestarse para que en lo sucesivo se abstenga de hacer de proceder contra el a lo que hubiere lugar, y conformándose S.M. el Rey (Q.D.G.) y en su nombre la Reina Regente del Reino, con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.
Está dictaminado por el Consejo de Estado que esta es una cuestión decidida y resuelta ejecutoriamente por varias resoluciones ministeriales y fallo de tribunales competentes; La alteración de límites de las provincias de Sevilla y Cádiz, quedó resuelta por la R.O. De 1.859 y definitivamente: Pretender que sea objeto de nuevo estudio y vuelva a decidirse por una ley, es idea que no merece siquiera refutación porque solo impone el desconocimiento de las funciones de los poderes públicos o la tendencia a no dar nunca por finalizada la contienda.
En el año 1.892 se practicaron por brigadas topográficas las mediciones de cada término municipal, cuyos planos obran en el Instituto Geográfico y Estadístico, de cuyo centro se ha obtenido copia del plano de este término municipal en el que está incluida la parte que de Morón corresponde a este pueblo, o sea, que este pueblo figura con 3.500 fanegas que actualmente posee, más 13.719 fanegas que es la parte que se pretende tomar del municipio de Morón.
¿Porqué en el plano figura Puerto Serrano con un término municipal de cabida 17.219 fanegas y solo posee 3.500?
La respuesta a esta pregunta es la siguiente: que el Ayuntamiento de Morón y la Diputación de Sevilla, haciendo uso de todos los resortes políticos y de toda clase de medios han impedido el cumplimiento de lo ordenado por disposiciones ministeriales y, como lógica consecuencia, puede decirse que han podido más que el mismo Gobierno.
Este caso es igual al hijo que queda desheredado, no entregándole la legítima que le corresponde, bien a su emancipación o al fallecimiento de sus causahabientes, sin un motivo que lo justifique a pesar de constar en testamento la voluntad de que se entreguen los bienes correspondientes, sin que los albaceas se hagan caso de cumplir la voluntad del testador y el heredero vive, mientras tanto se litiga la entrega, como un verdadero miserable.
Este es el símil que cuadra con la situación de este municipio.
La vida o muerte de este Ayuntamiento depende de lo que se le entregue o no el término jurisdiccional que le corresponde.
A la justicia del Gobierno Nacional se somete este asunto, esperando confiadamente que se resolverá en breve lo que ansiadamente pedimos.
Y cumpliendo encargo hecho al Secretario que suscribe, tiene el honor de presentar estas páginas demostrativas, por una parte, de la angustiosa situación económica de este municipio, y por otra, el remedio eficadísimo, ahogado durante 120 años, por la desaparecida política de chanchulleos.
Puerto Serrano, 22 de Agosto de 1.940. Firmado el Secretario. Andrés Bermudez.
Se fueron a Madrid para ver a Franco, y como no tenían audiencia le dijeron que “su excelencia no puede recibirlos” y dijeron, “nosotros no nos vamos sin hablar con el Generalísimo”. Se quedaron varios días sentados en el Palacio hasta que accedieron a recibirles, y se entrevistaron el Alcalde Don Francisco Román y el Secretario Don Andrés Bermudez con el Jefe del Estado, el General Francisco Franco.
Este les dijo una vez escuchados todos los argumentos que le expusieron, que se vinieran para el pueblo que pronto recibirían respuesta.
Y cumplió con su palabra y firmó una Ley el día 24 de Junio de 1941, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 8 de Julio de 1941, con la que se nos concedía el derecho a la agregación de parte del término de Morón, afectando en parte al de Coripe y que es el que actualmente posee.
Aquí ya Morón no se atrevió a reclamar contra Franco y se solucionó por fin, después de más de un siglo luchando en el litigio por nuestro término municipal.
Por fin, después de haber vencido y derrotado al Ayuntamiento de Morón en todos los tribunales que acudió, la solución completa del asunto llegó en forma de Ley dispuesta por el Jefe del Estado Francisco Franco.
Hasta entonces solo tenía 2.218 hectáreas, y se le otorgaron en total de total 8.029 hectáreas.
Textualmente el B.O.E., decía lo siguiente:
“ La difícil situación por la que atraviesa el Ayuntamiento de Puerto Serrano (Cádiz), le ha obligado a solicitar una vez más de los poderes públicos el cumplimiento de las Reales órdenes de 24 de Septiembre de 1.850 y el 14 de Marzo de 1.988, que los vicios de una administración central al servicio de los compromisos de índole político local había ido demorando hasta nuestros días.
Como la pretensión del Ayuntamiento de Puerto Serrano es completamente justa y está amparada por disposiciones legales que no cabe dejar incumplidas por más tiempo, oído el Consejo de Estado, a propuesta del Ministerio de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros,
D I S P O N G O
Artículo Único. Se reconoce al Ayuntamiento de Puerto Serrano (Cádiz), el derecho que le fue concedido por Reales Ordenes de 24 de Septiembre de 1.850 y 14 de Marzo de 1.888 para agregar a su término municipal la porción de territorio que en dicha disposición le fue asignada, procedente del término de Morón, debiendo procederse seguidamente a practicar los correspondientes deslindes municipal e interprovincial por los oportunos trámites legales.
Así lo dispongo por la presente Ley, dada en Madrid a veinticuatro de Junio de mil novecientos cuarenta y uno. Firmado: Francisco Franco. Jefe del Estado.”
Se formó la comisión para tomar posesión del nuevo término municipal el 9 de Marzo de 1942, y cuya representación polichera estaba formada por su Alcalde Don Francisco Román Rodriguez, el Secretario D. Andres Bermudez Román y los concejales Don Pedro Román Carmona, Don Cristobal Gonzalez Carmona y Don Manuel Nieto Saldaña. Comenzó el deslinde el 9 de Marzo de 1.942 y se finalizó el 28 del mismo mes. Partió el deslinde interprovincial con 42 kilómetros y 82 mojones, agregándose 6.903 hectáreas de las 8.029 que hoy cuenta nuestro término. La orden ministerial de esta toma de posesión fue publicada el 17 de Octubre de 1942 en el Boletín Oficial del Estado. Se tomó posesión oficialmente el 5 de diciembre de 1.942, y se levantó un acta del acontecimiento que decía así:
“En el Cortijo de Tejeda, propiedad de D. Miguel Corbacho Sanchez de Ibargüen, comparecen siendo las doce del día 5 de diciembre de 1.942, el Excmo. Sr. D. Julio Perez Perez, Gobernador Civil de Cádiz, acompañado del Sr. Alcalde del Pueblo de Puerto Serrano, Don Francisco Román Rodriguez, del Capitán de la Guardia Civil de la Compañía de Villamartin D. José Fernández Muñoz, y Don José Mora Figueroa y Gomez Imaz, vecino este último de Jerez de la Frontera, y siendo las doce horas treinta minutos del expresado día, llegan a este lugar los Señores Don José Gomez Escribano, Delegado del Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia de Sevilla; Don José Flor Romero, Alcalde Accidental del Ayuntamiento de Morón de la Frontera y el Secretario del mismo Ayuntamiento D. Vicente Gutierrez Rodriguez.
Acreditada la personalidad de todos los comparecientes, el Excmo. Sr. Don Julio Perez Perez y el Sr. Delegado del Gobernador Civil de Sevilla Don José Gomez Escribano, manifiestan: Que en cumplimiento de las instrucciones que tienen recibidas del Excmo. Sr. Ministro de la Gobernación, han de proceder a dar posesión de la parte del término que se segrega del de Morón de la Frontera, por ley de 24 de Junio de 1.941, con arreglo a los trabajos de deslinde realizados por el Sr. Ingeniero Jefe de la dieciocho brigada del Instituto Geográfico con fecha nueve de marzo último y días sucesivos, a fin de que esta diligencia de posesión surta todos los efectos legales en los ministerios de quienes dependan los distintos organismos que existan en el territorio deslindado.
El Sr. Alcalde toma posesión en este acto en la representación de dicho pueblo, de la parte del término que se le adjudica; y el Sr. Alcalde de Morón de la Frontera queda enterado en este acta de la posesión de los terrenos que adquiere el municipio de Puerto Serrano.
Con todo lo cual se dio por terminada esta diligencia, extendiéndose por cuadruplicada, recogiendo los originales respectivos del Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia de Sevilla y los Alcaldes de Puerto Serrano y Morón de la Frontera, firmando en garantía de ello en el lugar y fecha Ut-Supra. Firmas de todos los comparecientes.”
Esta comisión el mismo día, se dispuso a amojonar de nuevo el término en los mismos lugares de antes. Para ello se desplazó a este término personal especializado del Instituto Geográfico y Catastral, la dieciocho brigada con sede en Huelva.
El día 10 de Diciembre de 1.942, el Ayuntamiento en sesión extraordinaria, acordó por aclamación poner el nombre del paseo (plaza del pueblo), al Vicesecretario General del Movimiento, que antes fue Gobernador Civil de Cádiz, y dice así:
“Este Ayuntamiento por aclamación acordó: Se da su nombre al paseo público, único en la localidad, situado en el centro de la calle Generalísimo Franco, que en el testero principal del salón de Actos de esta casa capitular, se perpetúe su memoria como benefactor de esta Villa, con la siguiente inscripción= Ayuntamiento y Pueblo de Puerto Serrano, testimonian su más profundo agradecimiento al Excmo. Sr. Don Manuel de Mora Figueroa Gómez Imaz, por su paternal intervención en la solución del pleito de 120 años, por el que se agregan a este término, 6.903 hectáreas de territorio segregado del de Morón de la Frontera”.
El Alcalde dirigió una carta a Franco de agradecimiento por haber solucionado este largo pleito, que textualmente decía:
“Ayuntamiento de Puerto Serrano. 9 de Enero de 1.943. Al Excelentísimo Sr. Don Francisco Franco, nuestro excelso Caudillo y Jefe del Estado Español. Madrid.
Excelentísimo Señor: Ayuntamiento de Puerto Serrano, y pueblo en general respetuosamente, testimonian a V.E. su más profundo agradecimiento por la entrega de parte del término de Morón de la Frontera, agregado a este pueblo en cumplimiento de la Ley de 24 de junio de 1.941; repetimos agradecimiento y cordial adhesión, reconociendo que solamente el Gobierno Nacionalsindicalista ha sido capaz de resolver este pleito. El Alcalde-Presidente.”
Siendo contestada por Franco diciéndole:
“El Jefe de la Casa Civil de S.E. El Jefe del Estado, Generalísimo de los Ejércitos. Palacio de Oriente, 16 de Enero de 1.943.- Sr. Don Francisco Román. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y pueblo en general, agradecidos por la entrega de parte del término de Morón de la Frontera, quien ha quedado muy complacido por su atención. Aprovecha para saludarle muy atentamente, suyo affmo.”

No hay comentarios:

Publicar un comentario