La tarde del 12 de junio de 1931 parecía una más en Puerto Serrano,
inmerso en el paro obrero y la preocupación de sus vecinos por conseguir
el jornal para poder dar de comer a sus familias. Pero ese día fue
especial y en la esquina de la calle Ronda con la calle Cantarrana,
enfrente del bar de Lorenzo Leo Vega (que hoy ocupa la Farmacia Santa
Maria Magdalena), finalizó de forma trágica una larga historia de celos,
que había comenzado varios años antes y que no dejaba descansar al
médico Joaquín Poley Romero.
El hecho, según escrito del fiscal
del caso y según se cuenta todavía en Puerto Serrano, comenzó años
atrás. Joaquín Poley Romero, médico de profesión, y Francisco Ramírez
Cazalla, comerciante e industrial, estaban enamorados de las hermanas
Ana e Isabel Romero, respectivamente, y mientras contraían matrimonio
vivieron cobijados bajo el mismo techo.
Aunque la convivencia era
pacífica y armoniosa, en principio, comenzó a implantarse en la mente
de Joaquín una idea enfermiza. Esta idea, calificada por el fiscal como
recelo al principio, más tarde sospecha, y por último convencimiento, no
era otro que el marido de su cuñada, Isabel Romero Ramírez, requería de
amores a su mujer, Ana. Esta idea se apoderó de él de tal forma que se
convirtió en una obsesión, llegando a dominar su espíritu. Tras varios
disgustos, unas veces por los celos y otras por divergencias de
intereses, Joaquín Poley abandonó el domicilio donde todos vivían
juntos. La mala convivencia terminó en una demanda que Poley interpuso a
Ramírez, recayendo la sentencia favorablemente a éste último.
Trasladó su residencia primero a Villamartín, y luego a Campo de
Criptana (Ciudad Real), con la intención de separarse de ese pensamiento
que le atormentaba. Pero, según el fiscal, esta medida no fue
reparación sedante para el temperamento ni lenitivo para la pasión.
Seguía pensando en el comportamiento, según su mente, de Francisco
Ramírez hacia su mujer, y aunque estaba seguro de que el comportamiento
de ésta era honesto y no había sido correspondido, surgió la idea de que
tal atrevimiento no podía quedar sin castigo, un castigo que debía
imponer por su propia mano. Esto hizo que amenazara de muerte a su
concuñado, una amenaza que cumpliría a las 17:00 de la tarde del 12 de
junio de 1931.
En la mañana de ese día coincidieron en Puerto
Serrano Poley y Ramírez, dándose la casualidad de que ambos debían
viajar a Villamartín. Conociendo éste hecho Francisco Ramírez encargó a
su chófer, Juan Araujo Nieto, que le diera el encargo a Joaquín Poley
quien, al recibir el encargo, respondió con un “está bien”, lo que le
denotó al chófer el enfado que tenía el mismo.
Percatándose de
esto, y sabedor de la mala relación de Poley con su concuñado, el chófer
se lo hizo saber a Ramírez, quien para evitar problemas le pidió que le
llevase sólo al cruce de la carretera con la de Jerez a Ronda, para
tomar allí el camión correo de Algodonales a Villamartín.
Con esta intención se sentó Ramírez en el asiento del copiloto del coche, junto al chófer, quien arrancó el vehículo.
Con esta intención se sentó Ramírez en el asiento del copiloto del coche, junto al chófer, quien arrancó el vehículo.
Mientras, Joaquín Poley estaba en la puerta del bar de Lorenzo Leo
Vega, donde hoy está la actual farmacia Santa María Magdalena, viendo la
escena. La idea que desde hacía años le obsesionaba y “oscurecida su
mente por el recado unos momentos antes recibido”, hizo que, sin decir
una sola palabra, desenfundara la pistola automática (o revólver según
el fiscal) de 7,65 mm que guardaba en su americana, se adelantara hacia
el coche, que comenzaba a arrancar, y llegando a la puertezuela del
mismo, sin ser visto ni oído por sus ocupantes y esgrimiendo el arma sin
riesgo para su persona, disparó dos veces, produciéndole dos heridas en
la cabeza a Ramírez, que falleció a los pocos minutos, pues la primera
de ella era mortal de necesidad.
El facultativo que le prestó
asistencia dictaminó que presentaba dos heridas, con orificios de
entrada, en la región temporal derecha y en la mesetera de igual lado, y
de salida en la región mesetera y en la malar del lado mismo, con
epistaxis abundante y hemorragia bucal, que parecen indicar lesión en la
base del cráneo, que le causaron a la media hora la muerte.
Tras
el asesinato Joaquín Poley se presentó en el Cuartel de la Guardia
Civil, en la actual calle Enmedio, a las 17:15 de la tarde. Argumentó
que, sin poder contenerse, había disparado a su concuñado, entregando la
pistola automática con un cargador con cinco balas, mientras iba en el
coche correo de Puerto Serrano a Villamartín. Según la prensa argumentó
que desconocía las consecuencias del acto pero según se comenta aún
espetó a los Guardias Civiles que se entregaba, les daba el arma y
“había matado a una o dos personas”. Se remitió el atestado, junto a la
pistola, al Juez de Instrucción, quien decretó su ingreso en prisión.
El juicio comenzó el 27 de abril de 1933 y levantó una gran
expectación, por el carácter amoroso del asunto, y se recogió en varios
periódicos de la época. Se desarrolló en la Sección Segunda de la
Audiencia Provincial de Cádiz, estando constituido el Tribunal por Luis
López Martín, como Presidente Accidental, y Magistrados Francisco Varela
y Julio Felipe Mesanza. El fiscal era José María Viguera Sangrador y el
Secretario Claudio Gutiérrez Sánchez.
Como acusador privado
actuaba Manuel Blasco Garzón, y procurador Manuel de Cárdenas. La
defensa era ejercida por el abogado Félix Bragado, y el procurador
Fernando Lepiani Muñoz.
El fiscal argumentó que se trataba de un
delito de asesinato, provisto y sancionado en el artículo 418 del Código
Penal. Asimismo recogía la circunstancia atenuante de arrebato y
obcecación. Por todo ello, pedía imponer al procesado una pena de 17
años, cuatro meses y un día de cadena temporal, accesorias, costas y
40000 pesetas de indemnización a los herederos del fallecido. Como
pruebas testificales y documentales acudieron, por parte del fiscal,
Juan Naranjo Nieto (creo que es el chófer, en una errata del editor
antes se nombra con el apellido Araujo), Pablo García Vázquez, Antonio
Carmona Navarro, Isabel Carmona Navarro, Francisco Moralo Domínguez.
La acusación particular fue llevada a cabo por el letrado sevillano
Manuel Blasco Garzón. Según la acusación particular, ese 12 de junio de
1931:
“Francisco Ramírez Cazalla, comerciante, persona de
probidad notoria y de ejemplar conducta, que había solicitado del
“chouffeur” Juan Araujo Nieto, que le reservase un asiento en el
automóvil que conducía para ir a Villamartín, con el fin de unirse con
su señor padre, que allí le esperaba, para llevarlo a Sevilla a
consultar con un facultativo, tomó dicho asiento y emprendió la marcha,
en cuyo momento don Joaquín Poley Romero, que tenía noticias de ese
viaje de Ramírez Cazalla, salió de un establecimiento en que se
encontraba, y aproximándose al coche por el lugar que el mismo ocupaba,
rápidamente y sin que la víctima pudiera apercibirse de la agresión ni
aprestarse a la defensa, con un revólver que llevaba le hizo unos
disparos, ocasionándole dos heridas que le produjeron la muerte casi
instantánea”.
La acusación particular pidió que no concurriesen
circunstancias atenuantes algunas, es más, pidió el agravante de
alevosía en la acuasación de asesinato.
Manuel Cárdenas Gatón, como procurador de Isabel Romero Ramírez, esposa del fallecido, presentó la siguiente lista de peritos:
Sobre conclusiones de la autopsia: Francisco Fernández Pérez y Ángel Zamorano.
Sobre conclusiones acerca del estado mental del procesado: Francisco
Ramos Martín, José García Sánchez, José L. Quintero y Servando Amaya.
Lista de testigos: Gaspar Ramírez, Concepción Navarro, Francisco
Ramírez, Juan León, Ana Carmona, Francisco Pabón, Salvador Morilla y
Ángel Maldonado.
Por su parte la defensa fue ejercida por
Fernando Lepiani Muñoz, procurador, en nombre de Joaquín Poley Romero.
La defensa negaba los hechos contenidos en las correlativas del
ministerio fiscal, no habiendo por tanto para que hablar de autor, de
circunstancias, ni de responsabilidad alguna.
Como testigos de la
defensa se presentaron a Francisco Álvarez de Toledo, Valeriano Reyes,
Antonio Pangusión Poley, Manuel Gamazo, Francisco Morilla, Manuel
Gutiérrez, Maximiliano Rodríguez Carrascosa, Rafael Serrano, José
Antonio Pérez y Díez de Velaco, Rafael Manzano. Como peritos médicos
presentó a José María Romero Martínez y Javier Aguilar Castellón,
médicos y vecinos de Sevilla.
El 28 terminó el juicio. Tras ser
apreciadas varias atenuantes por parte del Jurado, el procesado fue
condenado a cuatro años de prisión y 20000 pesetas de indemnización, a
la que renunció la familia.
De esta forma finalizó este crimen por celos, que aún es recordado por muchas de las personas mayores de Puerto Serrano.
Para este artículo hemos usado varios diarios de la época, pero sobre
todo "El Noticiero Gaditano", de 21 de abril de 1933, y "El Sol", de 29
de abril 1933.
Por Juan Jesús Portillo Ramos (historiador y archivero local)
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